jueves, 15 de marzo de 2012

Ecología I: Medio Ambiente y Sociedad. Preguntas de autocomprensión Parte 40

En la asignatura de Ecología I: Medio Ambiente y Sociedad del Grado en Sociología de la UNED, algun@s compañer@s realizamos un trabajo coral con las preguntas de autocomprensión de esta asignatura. Quiero agradecer el esfuerzo, compromiso y dedicación desplegado por tod@s, como la autorización que me han otorgado para poder publicarlo en este blog. Derechos reservados de sus autores.

Tema 1 La crisis ambiental: Una visión de conjunto – José Bargallo Rofes .Tema 2 Perfil ambiental de España - José Bargallo Rofes. Tema 3 Medio ambiente en Europa - Víctor Riesgo Gómez. Tema 4 Cambio climático – Tomás Javier Prieto González
Tema 5 Escenarios – Rocío Macarena Navarro Carmona // Carolina Judith  Rabazo Pérez. Tema 6 Impacto social de cambio global – Mª Carmen Rego Martínez Tema 7 ¿Cómo afrontar el cambio global? Mitigación y adaptación - Rocío Macarena   Navarro Carmona. Tema 8 Conciencia y comportamiento ecológicos Nekane Ceballos Aurrekoetxea. Tema 9 Protesta y política ambiental en España – Ruth Cardenal Fernández. Tema 10 Movimientos medioambientales y partidos verdes en Europa – Julia Ortega Tovar.



Tema 9 Protesta y política ambiental en España – Ruth Cardenal Fernández

1. ¿En qué consiste el ecoetiquetado?

El Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea, integrado por la industria, organizaciones de consumidores y grupos de protección del medio ambiente, gestiona el uso del ecoetiquetado. Éste es voluntario y proporciona información a los consumidores identificando fácilmente los productos más respetuosos con el medio ambiente en todo su ciclo de vida y facilitando a los productores criterios para causar un menor impacto ambiental, normalmente con una vigencia de tres años. Esta normativa procede del Reglamento (CE) no 1980/2000, de 17 de julio de 2000 pero se somete a sucesivas revisiones.

2. ¿La concesión del ecoetiquetado es un proceso obligatorio para los países de la Unión Europea?

La Etiqueta Ecológica Europea es uno de los instrumentos voluntarios que, dentro de su política ambiental, la UE pone a disposición de compradores y fabricantes.

3. Integrantes del Comité Europeo de Etiqueta Ecológica.

La gestión de la etiqueta es competencia del Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea (CEEUE), con el apoyo de la Comisión Europea y de todos los Estados miembros de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE). En el Comité están representados la industria, los grupos de protección del medio ambiente y las organizaciones de consumidores.

4. ¿Cada cuánto tiempo se revisan los criterios de etiquetado ecológico y por qué?

Normalmente tienen una vigencia de tres años, lo que permite que los avances de la técnica y los cambios del mercado se puedan reflejar en la siguiente revisión.

5. Utilidad de la ecoetiqueta para consumidores y productores.

Sirve para ayudar a los compradores a identificar los productos más respetuosos con el medio ambiente durante todo su ciclo de vida y facilitar a la industria criterios para que sus productos tengan un impacto ambiental reducido.

 7. Explique brevemente la normativa y ejecución de la evaluación de impacto ambiental.

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyecto tiene por objeto regularizar, aclarar y armonizar las disposiciones legales vigentes en materia de evaluación de impacto ambiental de proyectos.
El texto refundido de la ley de evaluación de impacto ambiental se ha dotado de una nueva ordenación sistemática que articula el régimen jurídico básico de la evaluación de impacto ambiental, al tiempo que aclara determinados mandatos jurídicos y armoniza las disposiciones vigentes con otras ya existentes.
Consta de 23 artículos, distribuidos en tres capítulos. El capítulo I se ocupa de las disposiciones generales. Art 1: Presenta el objeto de la ley que establece el régimen jurídico de la evaluación de impacto ambiental de proyectos y garantiza la integración de los aspectos ambientales en tales proyectos. Art 2, relativo a las definiciones, para una correcta descripción jurídica de conceptos. Art 3 regula en un precepto destinado a tal fin, el ámbito de la ley. Art 4: donde se identifican lo supuestos en los que la competencia para realizar la evaluación de impacto ambiental corresponde a la Administración General del Estado y en donde se determina que en tales casos actuará como órgano ambiental el Ministerio de Medio Ambiente. El capítulo II contiene el régimen jurídico de la evaluación ambiental propiamente dicha. Se ocupa de la evaluación y la regulación de impacto ambiental de los proyectos que aseguren el acierto en la toma de decisiones.  El capítulo III regula los aspectos relacionados con el control del cumplimiento de las declaraciones de impacto ambiental.

8. Ponga algún ejemplo de proyectos y de planes y programas que se hayan sometido en España a la evaluación de impacto ambiental.

• Evaluación ambiental del Plan Especial del Alto Guadiana.
• Evaluación ambiental de los programas operativos de los Fondos FEDER Y COHESIÓN.
• Elaboración y evaluación del Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la implantación de parques eólicos marinos.
• Planes especiales de actuación en situación de alerta y eventual sequía: Cuencas Hidrográficas del Norte, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Segura, Jucar y Ebro.

9. Describa la evaluación ambiental del Plan Especial del Alto Guadiana.

Ámbito territorial: Desde el nacimiento del río Guadiana hasta el río Jabalón.
Problema: Grave situación de deterioro ambiental de la zona, ocasionada por explotaciones agrícolas intensivas con extracción masiva de agua subterránea para regadío.
Consecuencias: Vaciado de los acuíferos y la desecación de los ríos y humedales.
Objetivo: Recuperar los acuíferos sobreexplotados y sostenibilizar el uso del agua, incluyendo previsiones para conseguir ahorro de agua, con medidas de acompañamiento para mitigar los efectos de la reducción del riego sobre la sociedad y el sector agrario.
El informe de sostenibilidad ambiental incluía un detallado análisis de la situación ambiental de partida, los posibles efectos negativos del plan, y las pertinentes medidas preventivas y correctoras. Así como los necesarios procesos de participación pública por parte de los actores implicados en la zona.

10. Describa la evaluación del Estudio Estratégico Ambiental del litoral español para la implantación de parques eólicos marinos.

Tiene su origen en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1028/2007, de 20 de julio, por el que se establece el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial. Estableciendo un procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones de instalación de parques eólicos marinos.
Dicha disposición prevé que en el proceso de elaboración de este Estudio Estratégico se siga el procedimiento de evaluación ambiental establecido por la Ley 9/2006, y que dicho Estudio se elabore de forma conjunta entre los entonces denominados Ministerios de Industria, Turismo y Comercio, Medio Ambiente y Agricultura, Pesca y Alimentación.



Se establecieron los criterios básicos para realizar la zonificación del Estudio Estratégico, como una medida preventiva para un posterior despliegue de instalaciones eólicas en el mar.


La participación pública fue importante, mediante 86 escritos de alegación o sugerencia en plazo, de diferentes administraciones, ONG, otros colectivos y empresas de generación eléctrica

Medidas finales, Memoria Ambiental (Marzo 2008): Estudio estratégico para definir las zonas de exclusión, figuran la banda batimétrica comprendida entre la bajamar y la profundidad de 10 m, los lugares que actualmente están a punto de integrar la Red Natura 2000, espacios naturales protegidos marinos, las áreas identificadas como potenciales parques nacionales, algunos hábitat particularmente valiosos (praderas de fanerógamas marinas, fondos de coralígeno, etc.), una banda de protección y amortiguación de 6 millas desde la línea de costa en torno a los humedales de importancia internacional Ramsar costeros esenciales para la conservación de las principales rutas migratorias a lo largo del litoral, el paso migratorio del Estrecho de Gibraltar, las Reservas Marinas declaradas o previstas, algunos hábitat de gran interés pesquero, las áreas de instalación de almadrabas, los dispositivos de separación del tráfico marino mercante, las zonas de acceso a Puertos de Interés General, y zonas a evitar por los buques en tránsito a la altura de las Islas Canarias, los yacimientos arqueológicos sumergidos que hayan sido declarados Bienes de Interés Cultural, y los yacimientos de arenas potencialmente explotables para actuaciones de lucha contra la erosión marina.

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