La justicia
Cumplir los pactos es la tercera ley de la naturaleza.
Y en esta ley se encuentra la fuente y origen de la justicia, pues donde no ha precedido pacto, no ha sido transferido derecho, y todo hombre tiene derecho a toda cosa y, por consiguiente, ninguna acción puede ser injusta. Pero cuando se ha celebrado un pacto, entonces romperlo es injusto, y la definición de INJUSTICIA no es otra cosa que el no cumplimiento del pacto.
Y todo aquello que no es injusto es justo.
Thomas Hobbes – Leviatán (Libro 1º, cap. XV)
Thomas Hobbes (1588-1679) fue filósofo y teórico político inglés y junto a Maquiavelo es considerado generalmente como el creador de la ciencia política moderna[1]. Leviatán (1655), muestra un paradigmático intento por organizar una legitimación del absolutismo monárquico desde la adaptación del método mecanicista de la ciencia natural moderna, a la filosofía política. Filosofía mecanicista con el propósito de afrontar el problema político capital, el de la constitución de la sociedad y como bálsamo preventivo de la guerra civil. Desde el materialismo científico, mecanicismo, positivismo: la filosofía de Hobbes es esencialmente racionalista, y Leviatán ha sido, es y será indispensable en la producción de la filosofía política, rompiendo con el modelo aristotélico de pensar y fundamentar el poder político. Hobbes quería darle un fundamento racional a la ciencia del Estado como aquel que tienen las matemáticas, la geometría y las ciencias de la naturaleza. Su interés era construir una explicación filosófica racional que permitiera describir la generación o la causa de la asociación civil[2], desde un enfoque racional y científico. Hobbes dividió en tres partes su sistema de filosofía científica: La que se ocupa de los cuerpos físicos, la que se ocupa de la fisiología y de la psicología y la que se ocupa del cuerpo artificial, del Estado o de la sociedad.
Leviatán, aquel poder más grande sobre este mundo, aquel poder que era absoluto, irrevocable e indivisible[3], donde el ejercicio de este dominio era incuestionable e inexorable bajo el argumento según el cual el pacto instituyente no se realiza por el pueblo y el soberano, “ (…) cumplir los pactos es la tercera ley de la naturaleza. (…) pues donde no ha precedido pacto, no ha sido transferido derecho”. Según el modelo hobbesiano, el Estado no es el resultado de una evolución natural de la familia, sino de una asociación deliberada y pactada por individuos artífices racionales; el individualismo característico de la filosofía política moderna inaugurada por Hobbes, son consideraciones utilitarias que permiten recordar a Bentahm y Locke. Así el Estado aparece como una persona, como la suma de los intereses particulares, el que fundamenta la propiedad y a la vez es, eclesiástico y civil. Hobbes rechazó la idea de que la política debe subordinarse al logro del bien último en la vida espiritual y propuso que la autoridad suprema en este mundo es un Estado secular cuyo único fin es la protección de la vida física[4]. La existencia racional del sujeto hobbesiano no es originariamente evidente como pura existencia pensante sino como existencia práctica corporal de un súbdito individual, de un Estado cuya potencia consiste en la riqueza y abundancia de todos los miembros particulares y cuya salvación son sus negocios[5], “(…) y todo hombre tiene derecho a toda cosa y, por consiguiente, ninguna acción puede ser injusta”.
[1] Diccionario de Sociología. Giner, Salvador et alia. Alianza Editorial segunda edición. Madrid 2006.
[2] Vid. La ética de la autoconservación y la teoría de los deberes políticos en el Leviatán de Hobbes. Cortés, Francisco. Areté Revista de Filosofía. Vol. XIV, Nº1, 2002 pp. 5-40.
[3] Vid. La domesticación del Leviatán: de Hobbes a Locke. Meneses Sarmiento, Alfredo. Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa 2007.
[4] Vid. La política como teología secularizada, Una interpretación del Leviatán de Hobbes. Negreto, Gabriel L. RIFP Nº20. 2002 pp. 113-125.
[5] Vid. Leviatán como pretexto: T. Hobbes y la invención moderna de la razón. Moya Valgañón, Carlos. REIS Nº5 1979 pp 7-36.
No hay comentarios:
Publicar un comentario