En la asignatura de Historia de las Ideas Políticas del primer cuatrimestre del Grado en Sociología de la UNED, algun@s compañer@s realizamos un trabajo coral; resúmenes del libro Ideas y Formas Políticas: Del triunfo del Absolutismo a la Posmodernidad, bibliografía básica de esta asignatura. Quiero agradecer el esfuerzo, compromiso y dedicación desplegado por tod@s. Derechos reservados, sus autores.
José Rodrigo Crespo - Tema 1 El triunfo del absolutismo // Elisa Ruiz Rodríguez - Tema 2 De la Ilustración al Estado Liberal // Alejandro Gessé Ponce - Tema 3 Los fundamentos de la democracia: de Rosseau a la Revolución Francesa // María Hernando García - Tema 4 El idealismo // Tomás Javier Prieto González - Tema 5 Tradicionalismo y Conservadurismo // Mónica Platero - Tema 6 El pensamiento político norteamericano: de los Founding Fathers a la consolidación de la nación americana // Juan José Amate Ruiz - Tema 7 El liberalismo posrevolucionario // Víctor Riesgo Gómez - Tema 8 Utilitarismo y liberalismo en Inglaterra // Pedro Medina Charavía - Tema 9 Del socialismo utópico al anarquismo // Carla Torres Segura - Tema 10 El anarquismo // Antonio Jesús Acevedo Blanco - Tema 11 Karl Marx y el Marxismo // José Bargallo Roges - Tema 12 El nacionalismo en el siglo XXI // Julio Monteagudo Diz – Tema 13 Totalitarismo (I): Fascismo y Nacional-Socialismo // Inocencia González Fernández Tema 14 Totalitarismo (II): El Comunismo Marxista-Leninista // Eva Del Riego Eguiluz – Tema 15 Los Liberalismo de posguerra // Carolina Judith Rabazo Pérez - Tema 16 Políticas del posmodernismo
Jeremy Bentham
Nace en 1748 en una familia de clase media acomodada que le paga sus estudios en la Universidad de Oxford los cuales comienza de manera precoz, a los 12 años. Desde pronto es admitido como abogado aunque le repugna el ejercicio de esta profesión y pronto también lo abandona, dedicándose desde entonces a escribir sobre la ley y a diseñar proyectos que facilitaran la vida en sociedad o a especular respecto de los efectos de la legislación sobre los individuos.
Sus primeros trabajos van en esta línea. Los “Preparatory Principles” traban de crear una terminología legal más adecuada a las necesidades reales, más precisa y de más fácil comprensión. En el primer libro importante de Bentham, “A Fragment on Govenment” (1776) arremete contra un clásico de la literatura legal británica William Blackstone. Siguiendo a Cesare Beccaria reflexionó acerca de la mejor forma de tratar el delito y al delincuente.
A pesar de que sus trabajos no tuvieron demasiada repercusión en en la Inglaterra de entonces mantuvo correspondencia con gobernantes e intelectuales de la época como D´Alambert, Voltaire, o los Zares Catalina y Alejandro I entre otros.
Durante la década de los 80 del siglo XVIII emprendió junto a su hermano un viaje a Rusia. El hermano de Bentham era un experto en ingeniería y mecánica y trabajaba entonces para la nobleza rusa. Esto, y la oportunidad de conocer otras realidades diferentes a las de su Inglaterra natal, influyó en las ideas de Bentham. El estallido de a Revolución Francesa le inspiró la idea de crear y enviar a Francia diversos textos legislativos. Esta tarea de acuñar nuevas legislaciones la extendió a los liberales españoles o portugueses y a las nuevas repúblicas independientes de América del Sur.
Su interés por la aplicación de las leyes y la reforma de aspectos concretos de la realidad condujo a Bentham hacia la reforma política. Pasando así de una anterior etapa en la que era más proclive a una especie de despotismo ilustrado. Esta nueva perspectiva la desarrolló de la mano de James Mill con quien mantuvo un trato asiduo desde 1808.
A partir de entonces dedicó su tiempo a estudiar las posibilidades de la ley como mecanismo de control de los gobernantes haciendo una apuesta firme por la democracia y el sufragio universal intentando diseñar una democracia alejada de las teorías contractualistas y ligada a los principios de utilidad.
Para extender sus teorías creo junto a James Mill la “Westminster Review” en 1823 y que se convirtió en referente intelectual.
Su pensamiento se centra en la viabilidad que ofrece la legislación como instrumento de reforma política y social. Cree necesario reformular la ley sobre nuevos principios alejados de la casuística o del iusnaturalismo. Su ideal es una ley positiva, concreta y efectiva. El principio sobre le que Bentham quiere reformular la ley es el de utilidad Del mismo modo desea depurar el lenguaje jurídico evitando en lo posible términos confusos.
Rechaza Bentham de la misma forma el iusnaturalismo, plasmado en las declaraciones de derechos, como el contractualismo de John Locke. En el primer caso duda del “tipo de objeto que es un derecho”. En el segundo caso piensa que la idea de contrato es poco realista y en su opinión el origen de la las comunidades debe ser buscado en la fuerza y no en el acuerdo.
Otra contribución capital es la definición del principio de utilidad definido así:
“La naturaleza ha colocado a la humanidad bajo el dominio de dos amos soberanos, el dolor y el placer. Son ellos los que señalan lo que debemos hacer, a la vez que determinan que haremos. Por una parte el criterio de lo correcto o lo incorrecto, por otra, la cadena de causas y efectos, están sujetos a su trono”
Por tanto tenemos dos sensaciones, dolor y placer, que rigen y determinan las actuaciones de los humanos. Bajo estas premisas supone Bentham que es posible predecir y evaluar los comportamientos humanos. Este principio, entendido como una regla objetiva, puede ser empleado para diseñar una teoría de la moral. A pesar de los problemas que reconoce para la comprobación de este principio confía en su aplicabilidad como criterio de validación. Pretende así estudiar los comportamientos humanos del mismo modo que se estudian los fenómenos físicos. Algunos autores llegaron a rebautizarle por esta contribución como el “Newton del derecho” ya que construye una metodología puramente empirista para el análisis de las actuaciones humanas. Si bien Bentham se basa en el pesimismo antropológico para elaborar dicho principio matiza que el hombre puede alcanzar placer con una conducta que también produzca felicidad a los demás. Llega a acuñar un término, “sanción de simpatía”, que se produce cuando un individuo recibe una gratificación por la felicidad obtenida por otro ser humano siempre y cuando el no haya recibido un perjuicio a cambio. Empleando un criterio aritmético afirmaba que el interés de la comunidad era la suma de los intereses individuales. Señalando, eso si, que el objetivo es la satisfacción para el mayor número y no para la mayoría. Era consciente de que en la sociedad los conflictos serían siempre la nota dominante. La idea de la mayoría implicaba un sometimiento de la minoría. Por tanto era necesario procurar una armonización artificial de los intereses por medios legales y/o políticos, regidos por por el principio de utilidad. De tal manera que la ley busque una maximización de la felicidad.
Placer y dolor son sensaciones mensurables, considera por tanto el dinero como un elemento operativo para medir la naturaleza de las cosas. A partir de esta apreciación crea el concepto de utilidad marginal decreciente que viene a afirmar que una unidad de dinero aporta menos valor cuanto más cantidad tiene el individuo que la recibe. Desde este principio, combinado con la idea de que el mejor medio para alcanzar la seguridad es el desarrollo económico y la redistribución de la riqueza, impulsó medidas como seguros de vejez, enfermedad o vida, supresión de impuestos en los bienes de primera necesidad, regulación de leyes de herencia, etc. Desde la protección a la propiedad privada se puede considerar estas propuestas un adelanto de las teorías de bienestar.
Entendía la ley como el mecanismo para lograr el bienestar para el mayor número. Los códigos debían, por tanto,suprimir los daños y asegurar los derechos entendiendo el derecho penal como la parte represora del daño y el derecho civil la parte aseguradora de los derechos.
Su pensamiento político se puede dividir en dos fases. La primera, hasta principios del siglo XIX, fue partidario de que las reformas corrieran a cargo de los gobernantes.
Con el paso del tiempo advirtió que los gobernantes no siempre buscaban los intereses de la comunidad, sino que, utilizaban el poder para buscar el mayor beneficio para ellos mismos. Esto unido al trato con James Mill le fue conduciendo hacia la reforma política. Ya que los gobernantes persiguen su propio interés y que en ocasiones pueden poner en peligro el interés común se hace imprescindible desarrollar mecanismos de control de sus actuaciones. Por tanto apoyó que los electores pudieran designar o deponer a sus elegidos. Propuso un escrupuloso control del gasto público para evitar el influjo de intereses perversos. Abogó por una selección del personal de la administración mediante exámenes y que pudiera ser expulsado en caso de incompetencia o corrupción.
La idea de la política que sostiene Bentham afirma que todos los individuos son perfectamente capaces de perseguir su interés para la consecución de sus ideales de felicidad, por tanto todos están capacitados para participar en política. Solicita así el sufragio universal, su ejercicio en secreto. El único criterio imprescindible era el de la alfabetización.
Por tanto Bentham abogaba por una democracia basada en el control de los gobernantes y la presunción de igualdad de todos los individuos, hombres y mujeres, para perseguir sus intereses. Evitando buscar el origen en teorías contractualistas y buscando el objetivo de hallar la maximización de los intereses de los individuos.
Sus ideas sobre a democracia fueron recogidas en artículos y libros pero sobre todo en el “Constitucional Code” escrito a petición de las Cortes de Portugal y fue publicado en 1830. Uno de los asuntos que plantea en este texto es el su oposición a la idea de soberanía absoluta. Consideraba la idea de soberanía de cierta vaguedad e imprecisión. Siempre se mantuvo atento a las ideas liberales que alertaban del peligro de las tiranías de las mayorías sobre las minorías. Sus obras reúnen las aportaciones de sensualistas y empiristas británicos remodeladas y proyectadas hacia el futuro.
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