jueves, 5 de abril de 2012

Historia de las Ideas Políticas Resúmenes Parte 4

En la asignatura de Historia de las Ideas Políticas del primer cuatrimestre del Grado en Sociología de la UNED, algun@s compañer@s realizamos un trabajo coral; resúmenes del libro Ideas y Formas Políticas: Del triunfo del Absolutismo a la Posmodernidad, bibliografía básica de esta asignatura. Quiero agradecer el esfuerzo, compromiso y dedicación desplegado por tod@s.  Derechos reservados, sus autores.

José Rodrigo Crespo - Tema 1 El triunfo del absolutismo // Elisa Ruiz Rodríguez - Tema 2 De la Ilustración al Estado Liberal // Alejandro Gessé Ponce - Tema 3 Los fundamentos de la democracia: de Rosseau a la Revolución Francesa // María Hernando García - Tema 4 El idealismo // Tomás Javier Prieto González - Tema 5 Tradicionalismo y Conservadurismo // Mónica Platero - Tema 6 El pensamiento político norteamericano: de los Founding Fathers a la consolidación de la nación americana // Juan José Amate Ruiz - Tema 7 El liberalismo posrevolucionario // Víctor Riesgo Gómez - Tema 8 Utilitarismo y liberalismo en Inglaterra // Pedro Medina Charavía - Tema 9 Del socialismo utópico al anarquismo // Carla Torres Segura - Tema 10 El anarquismo // Antonio Jesús Acevedo Blanco - Tema 11 Karl Marx y el Marxismo // José Bargallo Roges - Tema 12 El nacionalismo en el siglo XXI // Julio Monteagudo Diz – Tema 13 Totalitarismo (I): Fascismo y Nacional-Socialismo // Inocencia González Fernández Tema 14 Totalitarismo (II): El Comunismo Marxista-Leninista // Eva Del Riego Eguiluz – Tema 15 Los Liberalismo de posguerra // Carolina Judith Rabazo Pérez - Tema 16 Políticas del posmodernismo


I. JOHN LOCKE (1632-1704)

La Revolución inglesa, influyo notablemente en el pensamiento europeo, no solo por el impacto que supuso el juicio y la ejecución de un soberano, sino porque situó las bases de la sociedad sobre otro plano: no se trataba de un acuerdo entre colectividades y poder, sino entre individuo y Estado. La ley natural se traducía en derechos del individuo. Se hizo patente la necesidad de estabilidad y se busco la moderación, para ello se insiste sólidamente en una justificación teórica de los límites de la autoridad real así como una política de tolerancia. Aquí se encuadra John Locke.

Tratados. En el primer libro queda demostrado que la autoridad no tiene origen divino, así que habrá que investigar cual es la fuente del poder político. EL poder político consiste en la capacidad de poder dictar leyes cuyo incumplimiento será sancionado con castigos, y en el derecho de hacer uso de la fuerza, tanto para mantener el orden dentro de la comunidad como para defenderla de amenazas exteriores, “y todo ello teniendo como único fin la consecución del bien público”.

Se pregunta por el origen de la autoridad. En el estado de naturaleza en el que los hombres gozan de perfecta libertad para disponer de sus personas y sus bienes, sin otra norma que la razón y el derecho natural grabado en sus corazones, y con una perfecta igualdad. Locke duda mucho que este estado haya existido alguna vez, pues para que la convivencia no degenere en un absoluto caos, es necesario que alguien se encargue de que nadie traspase los límites de la ley natural, de modo que el hecho mismo de la vida social, trae consigo la necesidad de algún tipo de autoridad. Como quien viola las normas racionales y naturales atenta contra todos, todos tienen el derecho a velar por su cumplimiento (no ha y preferencias). Esto implica que todo aquel que no vive aislado suscribe un pacto por el que se acuerda cometerse a estas normas elementales, y este pacto no es posterior al estado de naturaleza, sino compatible con él y simultaneo a cualquier agrupación humana.

El estado de naturaleza es pacífico, y no debe confundirse con el estado de guerra, que se produce cuando un hombre o grupo de hombres tratan de imponerse a otros por la fuerza. Atentan así contra el más sagrado de los derechos naturales, que es la preservación de la vida humana y de la libertad natural. El derecho a preservar la vida propia es evidente (legitima el uso de la violencia para defenderse). El derecho de conservar la libertad consiste en hacerlo de acuerdo a las normas de la ley natural y a las leyes dictadas por el poder legítimo y por el aceptado y que regulan la convivencia de la sociedad en que vive. Este derecho esta tan ligado al derecho a preservar la vida que cuando no hay un pacto o acuerdo que regule la protección de los derechos de libertad, se vive en un estado prolongado de guerra, en la violencia y no en la paz.

Hay algo que también forma parte de la naturaleza misma del hombre, algo igualmente inviolable: la propiedad privada. Aunque al principio la tierra y sus dones han sido entregadas por Dios a la humanidad entera, para sacarle provecho de estos bienes el hombre pone parte de sí mismo, su trabajo esfuerzo. Al aplicar algo así a algo en principio ajeno y común algo que le pertenece, lo convierte en su propiedad, pues el trabajo no proviene de la naturaleza, sino que es inseparable de la persona. Es el esfuerzo individual la base y el origen de la propiedad privada.

Atentar contra la propiedad privada equivale a intentar aprovecharse del trabajo ajeno. El deseo de tener más de lo necesario y otorgar extraordinario valor al oro, permitiéndolo intercambiarlos por objetos o trabajo, alteraron el valor de las cosas, hasta hacernos olvidar que es el trabajo el que añade valor y legitima la propiedad. La complejidad de los utensilios y la división del trabajo hizo cada vez más difícil determinar los distintos grados de derecho sobre un objeto. Para establecer los límites de la propiedad legitima, Locke, estipula que la propiedad se volverá ilegitima en virtud de lecho de permitir que se estropeen inútilmente en su poder. Vida, libertad y propiedad privada son derechos fundamentales e irrenunciables, y el individuo solo los pierde cuando, atacando a sus semejantes y vulnerando las leyes, entra en estado de guerra, haciéndose acreedor al castigo.

Investiga el origen de la autoridad. La autoridad del padre sobre los hijos es un hecho, los padres tienen el deber de imponer su autoridad para lograr  que la prole sea atendía y protegida. De este modo se creó a través del respeto y deferencia, incluso después de la independencia de los hijos. Sin embargo, carecían del derecho de vida o muerte sobre los que les estaban sometidos, y en sus decisiones se guiaban por su libre voluntad.

Lo que diferencia la mera agrupación familiar de la sociedad política es que, en esta, los miembros renuncian así capacidad de decidir y de defenderse por sí mismos, incluso para preservar su vida y sus bienes, despojándose de ese poder natural a favor de la comunidad, excluyendo su juicio privado a favor de la protección de la ley.

Queda a cargo de la comunidad organizar la defensa contra agresiones extrañas.
Es la delegación de poder el rasgo distintivo de la sociedad política, y su fin es evitar los inconvenientes que se derivan del derecho que asiste a cada uno, en el estado de naturaleza. Los individuos se integran voluntariamente en la sociedad política para garantizar su libertad, su vida y el tranquilo disfrute  de sus propiedades. Por este motivo la monarquía absoluta no puede ser considerada sociedad civil.

Es la sociedad civil fruto de un pacto en el que se acuerda someterse al dictamen de la mayoría, acatar todas las leyes que se dispongan para ordenar la convivencia, y no solo las derivadas del emro uso recto de la razón, y obedecer a una autoridad establecida de común acuerdo. Este pacto fundacional se considera renovado, por consentimiento tácito, en las sociedades constituidas, y admite varias formas de gobierno. Lo que nos convierte verdaderamente en miembros de la sociedad es nuestro consentimiento expreso. Nadie nace súbdito por naturaleza y la comunidad conserva siempre el derecho a modificar las condiciones del acuerdo, si considera que no se están cumpliendo adecuadamente los fines para los que fue suscrito.

Estos fines consisten principalmente en la conservación de la vida, la libertad y las posesiones de los individuos y mantener a la comunidad en paz y seguridad, procurando el bien común. Para conseguirlo el poder más importante es el legislativo, encargado de dictar leyes justas, racionales y posibles. Los gobiernos absolutos difícilmente pueden llevar al bien común y crean una sensación de inseguridad.

Sometidos al poder legislativo están el ejecutivo, que se encargara de hacer cumplir las leyes dentro de la comunidad, y el federativo, encargado de defenderla de agresiones externas. Estos dos poderes suelen reunirse en la misma mano, para hacerlos más efectivos. El poder judicial lo considera un aspecto del poder legislativo.

Insiste sobre la supremacía de la ley como condición de toda sociedad política, y define la tiranía como “el ejercicio del poder al margen del derecho”. Cuando se produce, la comunidad tiene el derecho y aun el deber de disolver el gobierno y establecer uno nuevo, y esto no rompe el pacto social, sino que lo restaura, volviéndolo a su ser.

Locke resume las principales características de la Ilustración inglesa, basada en el empirismo, el interés por las ciencias, la tolerancia religiosa, el respeto por las peculiaridades individuales y una concepción muy clara de los límites del poder que les lleva a considerar como la mejor forma de gobierno la monarquía parlamentaria.



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