7.-Padrón
El Padrón municipal es
el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Su formación,
mantenimiento, revisión y custodia corresponde a los respectivos ayuntamientos
y de su actualización se obtiene la Revisión del Padrón municipal con
referencia al 1 de enero de cada año, que es aprobada por el Gobierno a
propuesta del INE, tras el informe favorable del Consejo de Empadronamiento. La
explotación estadística del Padrón a la misma fecha, 1 de enero, se realiza a
partir del fichero derivado de la base padronal del INE del que se obtiene la
propuesta de las cifras oficiales, depurándose las variables básicas que
contiene el Padrón susceptibles de explotación estadística. Se realizan cruces
por: lugar de residencia, sexo, edad, nacionalidad y lugar de nacimiento hasta
un nivel de desagregación municipal y por sexo, nacionalidad y edad hasta el
nivel de sección censal.
7.1.-Metodología
El Padrón municipal es el registro
administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen
prueba de residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Toda
persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del
municipio en que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá
inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año. La
inscripción en el Padrón municipal contiene como obligatorios sólo los siguientes datos de cada
vecino: Nombre y apellidos, sexo, domicilio habitual, nacionalidad, lugar y
fecha de nacimiento, número de DNI o, tratándose de extranjeros, del documento
que lo sustituya. La formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón
municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con las normas aprobadas
conjuntamente por el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio para las
Administraciones Públicas a propuesta del Consejo de Empadronamiento, obteniéndose
la Revisión del Padrón Municipal con referencia al 1 de enero de cada año.
La Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, establecen que los
Ayuntamientos deben remitir, por medios informáticos o telemáticos, las
variaciones mensuales que se vayan produciendo en los datos de sus Padrones
municipales al Instituto Nacional de Estadística para que éste, en cumplimiento
de las obligaciones que le impone el artículo 17.3 de la citada Ley de Bases,
realice las comprobaciones oportunas en aras a subsanar posibles errores y
duplicidades y para que las cifras oficiales resultantes de las revisiones
anuales puedan ser declaradas oficiales.
Hasta 2002, en algunos casos, no
existía coincidencia exacta entre las cifras derivadas de los ficheros y las
aprobadas oficialmente, por lo que era necesario emplear factores de
corrección, calculados a nivel de registro, que en ocasiones daban origen a
diferencias en algunas unidades entre las cifras oficiales y las que figuran en
las tabulaciones. En algunas provincias, no fue posible que el INE dispusiese
de la totalidad de los ficheros municipales en el momento de iniciar la
explotación estadística del Padrón, por lo que en las tablas obtenidas a nivel
municipal, no aparecía información para dichos municipios. Por todo ello, la
información generada a nivel provincial, autonómico y nacional contenía
distribuida, mediante la aplicación de factores de corrección, la población de
los mencionados municipios. Sin embargo, a partir de 2003 estas deficiencias
fueron corregidas, no siendo necesario desde entonces el empleo de factores de
corrección y existiendo total coincidencia entre las cifras oficiales y las
existentes en las tablas de la explotación.
Tomás Javier Prieto González
Santa Cruz de Tenerife a 20 de noviembre de 2012
8.-Bibliografía consultada
Iglesias de Ussel (2008): La evolución de la nupcialidad en España:
Un estudio preliminar. Real Academia de ciencias morales y políticas.
Madrid
Jesús J., Requena, M.
(2005): Tres décadas de cambio
social en España. Alianza Editorial. Madrid
Rodríguez, M.J., Martín, J.
(2006): La medida de la nupcialidad y el
divorcio en España. Universidad de Alicante.
Instituto Nacional de Estadística (INE): http://www.ine.es
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