miércoles, 28 de agosto de 2013

Resúmenes Fundamentos de Ciencia Política II: Sistema Político español Parte 16


En la asignatura de Fundamentos de Ciencia Política II: Sistema Político español del segundo cuatrimestre del Grado en Sociología de la UNED curso 2012/13, algunos compañeros realizamos los resúmenes de los capítulos de la bibliografía obligatoria Sistema político español de Andrés de Blas Guerrero et alia. UNED 2010. Derechos reservados, sus autores.

1. Aproximación a la historia constitucional y al sistema político español: Tomás Javier Prieto González // 2. Los valores y principios de la Constitución de 1978: Yolanda Díez Suárez // 3. La estructura político-institucional española: Helena Cabal Cuesta - epígrafes 1, 2, 3 y 4 María Jesús Serrano Narváez -Epígrafes 5, 6 y 7 // 4. El Estado Autonómico: Sara González Galan

 El Real Decreto-ley de 18 de marzo d 1977, sobre Normas Electorales:


El Gobierno, mediante este Real Decreto-ley, reguló el procedimiento mediante el cual deberían celebrarse las primeras elecciones democráticas al Congreso y al Senado. La calidad técnica y la respuesta adecuada al momento político en que se dictó, trajo como consecuencia que la regulación contenida en dicha norma se haya mantenido en lo sustancial, hasta la actualmente vigente Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Lo cierto es que dicha norma se promulgó en el vacío, ya que los incipientes partidos políticos, recién legalizados, desconocían el alcance de los resultados que iban a obtener en las elecciones. Es cierto que unos determinados sistemas electorales establecen una configuración de las fuerzas políticas con presencia parlamentaria,  y lo que no cabe duda es que, una vez que han consolidado un sitema de partidos, los beneficiados por el mismo no ven con buenos ojos la modificación de dicha situación, ya que , en alguna mediad, serían perjudicados. De ahí la dificultad que supone la inercia de los partidos mayoritarios, beneficiarios por el sistema, ante cualquier reforma electoral.

El sistema electoral que habría de aplicarse en las elecciones, debería inspirarse en criterios de representación proporcional para el Congreso y en un sistema mayoritario para el Senado. En ambos casos se determinaba que  el sufragio fuera igual, directo y secreto, estableciendo un número fijo de diputados (350) y de senadores elegidos (207), a razón de 4 por provincia, 5 por cada provincia insular, 2 por Ceuta y 2 por Melilla.

Esta norma electoral, fue previamente pactada con la oposición, ya legalizada, pero aún no elegida democráticamente. De acuerdo con esta Norma, por Real Decreto de 15 de abril de 1977 se convocan elecciones a Cortes Generales, a celebrar el próximo 15 de junio.

El primer Gobierno democrático y la nueva política

Se celebran las primeras elecciones con plenas garantías democráticas, estas proporcionaron unas Cortes en las que en torno a 2 grandes partidos (UCD Y PSOE), se encontraban varias minorías (AP y PCE), junto con las minorías nacionalistas históricas (País Vasco y Cataluña), con  un voto significativo en su territorio y algunas otras minorías con escaso peso.

Ante los resultados logrados por UCD, el Rey ratificó a Adolfo Suárez como Presidente del Gobierno, el cual procedió a una reestructuración del Gobierno, incorporando una organización administrativa de claro signo innovador.

Por su parte, una vez constituídas las Cortes, ahora bicamerales, surge el problema al carecer de Reglamento, ante la imposibilidad de aplicar el de las antiguas Cámaras por la inexistencia en las mismas de grupos parlamentarios. En consecuencia, la Presidencia dictó unas disposiciones de funcionamiento provisionales mientras se procedía a la elaboración y aprobación de un nuevo Reglamento.

Los Pactos de la Moncloa

La declaración programática del nuevo Gobierno, formado  básicamente por miembros de UCD, recoge 4 objetivos prioritarios: La aprobación de una nueva Constitución, el establecimiento de las preautonomías, la celebración de elecciones municipales y la solicitud de acceso de España a la Comunidad Económica Europea.

El ministro de economía, el profesor Fuentes Quintana, explica a la opinión pública la necesidad de aplicar nuevas medidas económicas ante los preocupantes datos sobre la situación del país, iniciando intensas negociaciones entre el Gobierno, los partidos políticos y los agentes sociales, que condujeron a unos pactos de Estado, conocidos como “Pactos de la Moncloa” firmados en octubre de 1977 y que afectan, no sólo a la economía, sino también a la política. Junto a este pacto económico, se llegó a un pacto político en el que se acordó la adopción de disposiciones complementarias a la aplicación de la amnistía, a la reforma de algunos artículos del Código Penal franquista, incompatibles con la democracia, y a la configuración legal de los derechos y libertades.

Las preautonomías

El preámbulo de la Ley para la Reforma Política no fue presentado ante las Cortes al ser rechazado por el Consejo Nacional del Movimiento, cuyo informe era preceptivo, de forma que sólo se presentó ante la Cámara, para su debate y aprobación, el articulado del proyecto. Ese documento era demostrativo de la voluntad del Gobierno Suárez de encarar el proyecto regional , ( “ cuando el pueblo haya otorgado libremente su mando a sus representantes podrá acometerse democráticamente y con posibilidades de estabilidad y futuro la solución de los importantes temas nacionales“) una vez celebradas las primeras elecciones democráticas.

A partir de aquí y a lo largo de todo 1978, se aprueba el régimen de preautonomía para numerosas regiones.

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